Represento a mi sindicato en la empresa o centro de trabajo.

¿Cuál es mi función como delegado sindical? ¿Qué herramientas tengo a mi disposición para cumplir mi mandato?

Los afiliados de un sindicato tienen derecho a constituir secciones sindicales para asegurar la representatividad del sindicato en la empresa, al igual que derecho a celebrar reuniones, recaudar cuotas y distribuir información sindical a todos los trabajadores (art. 8.1 LOLS).

Como delegado sindical, soy el único representante a todos los efectos de la sección sindical de mi empresa y, por tanto, de mi sindicato dentro de la empresa. Si mi empresa tiene al menos 250 trabajadores y mi sindicato tiene representación en el CE, cuento con las mismas garantías y derechos que los miembros de los comités de empresa para desempeñar mis funciones (art. 10.3 LOLS):

  • Tengo derecho a acceder a la información y documentación puesta a disposición del CE por la empresa (con el deber de sigilo cuando proceda), al igual que la posibilidad de asistir a las reuniones de los CE, aunque sin posibilidad de voto si no soy delegado de personal.
  • Tengo derecho a dialogar con la empresa ante la adopción de medidas colectivas que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados de los sindicatos en particular (en especial, en casos de sanciones o despidos)
  • Si mi sindicato ostenta la condición de más representativo, tengo derecho a disponer de un tablón de anuncios dentro del centro de trabajo, a la negociación colectiva y a disponer de un local para desarrollar mis funciones (art. 8.2 LOLS).